Teniendo en cuenta la importancia de la representación democrática y la renovación constante de las posiciones políticas, reconocemos la necesidad de establecer criterios claros de elegibilidad para los puestos de diputados al Parlamento Europeo y de comisarios europeos, con el fin de reforzar la representatividad, la independencia y la confianza de los ciudadanos en las instituciones europeas.
Artículo 1
Normalización de las normas electorales
1 — todos los Estados miembros de la Unión Europea deben adoptar un sistema electoral unificado para la elección de los diputados al Parlamento Europeo.
2 — se recomienda el sistema proporcional de representación, garantizando que el número de escaños se distribuya en proporción a los votos recibidos por los partidos políticos.
Artículo 2
Elegibilidad para el cargo de diputado al Parlamento Europeo
1 — establecer como criterio de elegibilidad para el puesto de diputado al Parlamento Europeo que la persona no haya ejercido funciones gubernamentales a ningún nivel (nacional, regional o local) en los últimos 2 años anteriores al nombramiento.
2 — los cargos ejecutivos, ministeriales, parlamentarios o administrativos de un gobierno nacional, así como los puestos en organizaciones internacionales o gobiernos regionales o locales, se consideran funciones gubernamentales.
Artículo 3
Límite de términos
1 — cada ciudadano puede presentarse al cargo de diputado al Parlamento Europeo por un máximo de tres mandatos.
Artículo 4
Admisibilidad para el puesto de diputado al Parlamento Europeo Comisario Europeo
1 — establecer como criterio de admisibilidad para el cargo de Comisario Europeo que la persona no haya ocupado ningún cargo gubernamental en ningún nivel (nacional, regional o local) en los últimos 4 años anteriores al nombramiento.
2 — las funciones gubernamentales incluyen cargos ejecutivos, ministeriales, parlamentarios o administrativos en un gobierno nacional, así como puestos en organizaciones internacionales o gobiernos regionales o locales.
Artículo 5
Proceso de nominación
1 — la verificación de los criterios de admisibilidad forma parte del proceso de nombramiento del comisario europeo.
2 — los Estados miembros deben presentar una declaración formal de que el candidato propuesto no ha ocupado ningún cargo gubernamental en los últimos 4 años.
La aplicación de esta propuesta podría contribuir a garantizar la renovación y la independencia de los diputados al Parlamento Europeo, así como a promover una mayor representatividad y diversidad de experiencias en el Parlamento Europeo. Esto reforzaría la legitimidad de las decisiones adoptadas y aumentaría la confianza de los ciudadanos en el proceso democrático de la Unión Europea.
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